En situación de desempleo, la prestación contributiva, destinada a aquellas personas en situación de desempleo que han cotizado un mínimo de 360 días, es la más conocida. Sin embargo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contempla otras prestaciones económicas para ayudar a trabajadores en distintas situaciones, como en bajas temporales, maternidades y/o paternidades o casos de violencia de género, entre otras.
El subsidio por desempleo, aunque no tan popular, es otra prestación dirigida a aquellos trabajadores que no han llegado al año el año cotizado. Su duración depende del número de meses cotizados y de las responsabilidades familiares, mientras que la cuantía sigue una regla común.
Requisitos
Pueden solicitarla las personas que hayan cotizado menos de un año y un mínimo de 6 meses (o 3 meses si se tienen responsabilidades familiares). Junto con este requisito, deben encontrarse en situación legal de desempleo, estar inscritos como demandantes de empleo durante todo el periodo de percepción y suscribir el acuerdo de actividad. Además, no pueden percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional.
Todos estos requisitos se deben cumplir tanto en el momento de la solicitud como en las sucesivas prórrogas o reanudaciones.
Duración
La duración de esta prestación varía en función de los meses cotizados y de la tenencia de responsabilidades familiares.
- Si se tienen responsabilidades familiares (y se ha cotizado 3, 4 o 5 meses), el subsidio durará 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
- Si no se tienen responsabilidades familiares (y se ha cotizado 6 meses), el subsidio durará 6 meses.
- En el caso de personas trabajadores fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
Cuantía
La cuantía de este subsidio por desempleo será igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Es decir, 480,00 euros al mes.